miércoles, 9 de abril de 2014

El Gobierno asegura que todas las comisarías tendrán policías expertos en violencia machista

  • Mato, Gallardón y Fernández pactan fórmulas para 'evitar la victimización secundaria'

  • La cárcel deberá informar a la víctima de los movimientos de su agresor

Los ministros Alberto Ruiz-Gallardón, Ana Mato y Jorge Fernández...
Los ministros Alberto Ruiz-Gallardón, Ana Mato y Jorge Fernández Díaz. J. J. Guillén EFE

Si los compromisos que tres ministros acaban de pactar a puerta cerrada se cumplen, todas las comisarías de la Policía Nacional y los cuartelillos de la Guardia Civil contarán con agentes especializados en violencia de género y las víctimas de maltrato machista que tengan a su agresor procesado, con orden de alejamiento o en la cárcel serán informadas de sus movimientos.
Además, el Estatuto de la Víctima incluirá medidas para "evitar la victimización secundaria" de las mujeres durante el proceso judicial. O sea, la posibilidad de que se acabe retirando la dispensa judicial, ese recuerdo insistente que se le hace a la mujer de que puede no declarar contra su agresor y que provoca tantas renuncias.
La reunión entre Ana MatoAlberto Ruiz-Gallardón y Jorge Fernández Díaz para "mejorar la protección de las víctimas" ha producido un puñado de medidas, algunas adelantadas este lunes por EL MUNDO, que inciden en la mejora de los cuestionarios policiales que derivan en la valoración del riesgo de la víctima y la intervención de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en los casos de quebrantamiento de la orden de alejamiento, ya que se entiende que estos dispositivos están más especializados que los Juzgados de lo Penal.
En la cumbre a tres celebrada en la sede del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se ha decidido que las víctimas "estén informadas en todo momento de la situación penitenciaria de su agresor detenido". El mandato ya está en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero la práctica demuestra que muchas víctimas no saben de los movimientos de su agresor en, por ejemplo, permisos de tercer grado, debido a la falta de coordinación entre las instituciones. El acuerdo de hoy señala que las víctimas estarán informadas "de oficio".
Los tres ministros han acordado la mejora de la formación en violencia de género de policías y guardias civiles y la integración de los policías locales en Viogen, la unidad especializada en violencia de género, que entre otras cosas, controla el sistema de valoración de riesgo y la protección de las víctimas.
Publicado por José Vasquez

martes, 8 de abril de 2014

La Policía desaloja en Alcorcón el edificio de la Escuela Taller

La Intervención del Ayuntamiento de Alcorcón investigará el uso que UGT ha dado a los fondos públicos municipales

► La Junta de Gobierno Local solicitará la apertura de un expediente de control

Ayuntamiento de Alcorcón

AYUNTAMIENTO ALCORCÓN | NOVIEMBRE 2013

El Gobierno municipal elevará a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón la solicitud de la apertura de un expediente de control financiero que aclare el posible uso irregular de fondos públicos por parte del sindicato UGT durante la legislatura de 2007 a 2011, en la que se pagaron facturas desde el Ayuntamiento que incluían cobros de “comisiones” por parte de entidades afines la central sindical.

Durante los años del último mandato del ex alcalde socialista Enrique Cascallana, las centrales sindicales percibieron una serie de subvenciones en función del número de representantes elegidos por los trabajadores. El montante obtenido por UGT era en torno de los 7.000 euros anuales, según baremos que recoge el propio Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Alcorcón. El mismo documento establece, entre otras cosas, que esas subvenciones debían destinarse íntegramente a labores sindicales a favor de los trabajadores municipales. Igualmente, el Convenio establece que, aparte de ese dinero que debían justificar los sindicatos a fin de ejercicio, el propio Consistorio facilitaría mobiliario, material de oficina, teléfonos y medios necesarios para desarrollar su labor en el municipio.

Sin embargo, ha trascendido que en las facturas que abonaba el Ayuntamiento a cuenta de esas subvenciones con dinero público, UGT presuntamente compraba material a través de una empresa del propio sindicato, que a su vez cobraba una comisión del 5 por ciento, a coste de los fondos municipales. Igualmente, se ha dado a conocer la compra de una gran cantidad de material que ya debía ser aportado por el propio Ayuntamiento, tal y como recoge el Convenio Colectivo.

Ante esta situación, a la que se suman otras presuntas irregularidades, el Gobierno municipal va a solicitar a la Intervención Municipal, a través de la Junta de Gobierno Local, el inicio de un procedimiento de control financiero para que el Ayuntamiento investigue y aclare el uso que se ha dado al dinero público desde el sindicato UGT.
Fuente: http://www.europapress.es/madrid/noticia-policia-desaloja-edificio-escuela-taller-decada-ocupacion-ilegal-20140408103252.html

La Justicia europea 
invalida la ley 
europea sobre
 retención de datos
 personales por ser
 muy intrusiva

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal (PDF) la Directiva sobre conservación de datos de 2006 porque "constituye una injerencia de gran magnitud y especial gravedaden los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal".
La sentencia recuerda que el objetivo de esta directiva es armonizar las disposiciones de los Estados miembros sobre la conservación de determinados datos generados o tratados por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas y con ella se pretende "garantizar la disponibilidad de esos datos con fines de prevención, investigación, detención y enjuiciamiento de delitos graves, como la delincuencia organizada y el terrorismo".
Para ello, la Directiva contempla que los proveedores de dichos servicios deberán conservar los datos de tráfico y localización, así como todos los que sirvan para identificar al usuario, si bien no autoriza a conservar el contenido de las comunicaciones ni la información consultada.
 
 
Después de que el Tribunal de Justicia de Irlanda y el Tribunal Constitucional de Austria presentaran ante la Justicia europea sus dudas sobre la legalidad de esta norma, la Corte de Luxemburgo falla ahora que la directiva "se inmiscuye de manera especialmente grave en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal".
Su interpretación es que los datos que estos proveedores de servicios están autorizados a conservar pueden proporcionar indicaciones muy precisas sobre la vida privada de las personas, como los hábitos de vida cotidiana, los lugares de residencia permanentes o temporales y los medios sociales frecuentados.
Además, concede una especial gravedad al hecho de que la conservación y utilización posterior de estos datos se produzca sin que el abonado o el usuario sean informados de ello. Esto, dice el TJUE, "puede generar en las personas afectadas el sentimiento de que su vida privada es objeto de una vigilancia constante".
El caso responde a dos procedimientos prejudiciales planteados desde la High Court of Ireland (Irlanda) y el Verfassunsgerichtshof (Tribunal Constitucional) de Austria.

Injerencia no justificada

La Corte admite en su sentencia que la Directiva no permite conocer el contenido de las comunicaciones electrónicas y establece el respeto de determinados principios de protección y seguridad de datos. También concede que el objetivo de esta norma europea es de interés général, al tratarse de la lucha contra la delincuencia grave y, en definitiva, la seguridad pública.
Sin embargo, estima que el legislador de la UE "sobrepasó los límites que exige el respeto del principio de proporcionalidad". Porque, aunque la conservación de datos que establece la directiva puede considerarse adecuada para lograr la finalidad que persigue, "la injerencia amplia y especialmente grave de la Directiva en los derechos fundamentales de que se trata no está suficientemente regulada para garantizar que dicha injerencia se límite efectivamente a lo estrictamente necesario".
En primer lugar, argumenta que la norma abarca de manera generalizada a todas las personas, medios de comunicación electrónica y no establece por tanto ninguna limitación. En segundo lugar, no fija ningún criterio objetivo que permita garantizar que las autoridades nacionales competentes únicamente tendrán acceso a los datos y podrán utilizarlos para prevenir, detectar o reprimir penalmente delitos que puedan considerarse suficientemente graves para justificar tal injerencia.
Por otro lado, en lo que atañe al período de conservación de los datos, la Directiva prescribe un período mínimo de seis meses y un máximo de dos años sin establecer ninguna distinción entre las categorías de datos en función de las personas afectadas o de la posible utilidad de los datos con respecto al objetivo perseguido.
El Tribunal de Justicia considera asimismo que la Directiva no contiene garantías suficientes que permitan asegurar una protección eficaz de los datos contra los riesgos de abuso y contra cualquier acceso y utilización ilícitos de los datos. Asimismo censura que la norma no obliga a que los datos se conserven en el territorio de la Unión y, por lo tanto, no garantiza plenamente el control del cumplimiento de los requisitos de protección y de seguridad por una autoridad independiente.

Opinión del Abogado General de la UE

El pasado mes de diciembre, el Abogado General de la UE Pedro Cruz Villalón ya resaltó que la ausencia de garantías para los ciudadanos hace que la Directiva de conservación de datos pueda ser considerada contraria al Derecho Comunitario.
Sin embargo, en sus conclusiones el abogado proponía "suspender los efectos de la declaración de invalidez de la Directiva (si ésta se daba) hasta que el legislador de la Unión pueda adoptar las medidas necesarias para subsanar la invalidez declarada, medidas que deberán adoptarse en un plazo razonable".
La Directiva en cuestión, que obliga a guardar durante un máximo de dos años determinados datos telefónicos y de comunicaciones electrónicas de los ciudadanos, se aprobó en 2006 como respuesta a los atentados terroristas del 11-M en Madrid en 2004 y del 7-J en Londres en 2005.
Noticia publicada: Jose Vasquez

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